Casi una década después del delito, el Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo condenó a Jordy A. a nueve años y cuatro meses de prisión por abuso sexual contra su sobrina política, una niña de 10 años en ese entonces.

Además, se ordenó una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la víctima. El abuso ocurrió en 2016, en la parroquia Yaruquíes del cantón Riobamba. Ese día, la menor acompañó a su tía y al agresor a un terreno rural. Por pedido de la mujer, la niña fue con él a un bosque cercano para cortar eucalipto.
Fue allí donde Jordy A. aprovechó la vulnerabilidad de la menor para cometer el abuso. La víctima guardó silencio durante tres años, hasta que decidió contar su historia a las autoridades de su centro educativo, lo que permitió iniciar el proceso judicial.
Durante el juicio, la Fiscalía presentó como prueba central el testimonio anticipado de la víctima, recogido en un entorno seguro y bajo protocolos especializados para delitos sexuales. La declaración fue respaldada por pericias psicológicas y médicas realizadas por profesionales especializados, lo que permitió confirmar la gravedad del delito.
El Tribunal consideró como agravante el vínculo previo entre el agresor y la víctima, lo cual elevó la pena impuesta. Este caso fue juzgado conforme al artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal, que tipifica el abuso sexual, y con base en el artículo 48, que establece agravantes en casos donde el agresor conocía previamente a la víctima.