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sábado, septiembre 6, 2025

Prefecto de Chimborazo sancionado: TCE le retira derechos políticos por infracción grave

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POLÍTICA

Política En una resolución contundente que sacude el tablero político de Chimborazo, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) sancionó al prefecto Hermel Tayupanda Cuvi con la suspensión de sus derechos de participación política por tres meses, tras hallarlo culpable de una infracción electoral calificada como grave.

El fallo, irrevocable y de ejecución inmediata, se fundamenta en el artículo 278, numeral 3, del Código de la Democracia, y marca un precedente sin retorno en el ejercicio ético del poder durante procesos electorales.

La decisión, emitida el 5 de septiembre de 2025 mediante la sentencia N.º 058-2025, es de ejecución inmediata y no admite apelación dentro de la jurisdicción electoral, cerrando, al menos en esta instancia, un proceso que ha captado la atención tanto de actores políticos como de juristas y la opinión pública.

El caso contra el actual prefecto no es nuevo. Sus raíces se remontan al 12 de febrero de 2025, cuando los abogados Juan Sebastián Cuvi Navas y Alejandro Rodas Coloma interpusieron una denuncia formal ante el TCE.

Según la acusación, Tayupanda habría incurrido en actos de promoción política directa e indirecta en favor del entonces candidato a la Asamblea, César Robles, del movimiento Izquierda Democrática, lo cual está expresamente prohibido para autoridades en funciones durante el proceso electoral.

El expediente fue registrado con el número 58-2025-TCE y asignado al juez electoral subrogante Richard González Dávila, quien inicialmente decidió suspender el proceso el 4 de junio de 2025 para elevar una consulta a la Corte Constitucional (CC).

El magistrado planteó una inquietud jurídica de fondo: ¿es compatible la sanción de suspensión de derechos políticos con la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH)?La consulta constitucional, sin embargo, no prosperó. Fue sorteada a la jueza constitucional Claudia Salgado Levy, quien tras el análisis resolvió inadmitirla a trámite, al considerar que no se cumplían los parámetros técnicos y jurídicos necesarios para una revisión constitucional.

La Corte ordenó archivar la causa y devolver el expediente al TCE. Este dictamen, al ser de carácter ejecutoriado, no dejaba lugar a más recursos dentro de la vía constitucional ordinaria, permitiendo que el Tribunal retome la causa desde el punto en que fue suspendida.

Con el retorno del expediente desde la Corte Constitucional, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) reanudó el proceso contra el prefecto Hermel Tayupanda Cuvi y, tras un minucioso análisis del material probatorio y los alegatos presentados, emitió la sentencia definitiva.

En su fallo, el organismo electoral aceptó la denuncia, declaró a Tayupanda responsable de una infracción electoral grave y le impuso la sanción de suspensión de sus derechos de participación política por un periodo de tres meses, una medida que entra en vigencia de forma inmediata y que refuerza la obligación de neutralidad política de los funcionarios públicos durante procesos electorales.

Esto significa que Tayupanda, durante ese periodo, no podrá ejercer su cargo con plenas funciones ni participar en actividades políticas o electorales, incluidas designaciones, postulaciones, intervenciones públicas de carácter político, o influir en procesos electorales en curso. La resolución del TCE tiene implicaciones inmediatas.

Al tratarse de la máxima y última instancia en materia electoral en el Ecuador, no existe recurso ordinario alguno para revertir la sanción dentro del sistema electoral.

A Tayupanda solo le quedaría la opción de acudir a mecanismos extraordinarios, como la acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional o eventualmente a organismos internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), si considera que se han vulnerado sus derechos fundamentales.

En el plano político, el prefecto se enfrenta a un momento de debilitamiento institucional y de cuestionamiento ciudadano. Aunque la sanción no representa una destitución inmediata ni definitiva de su cargo, deja un precedente delicado para futuras actuaciones de autoridades locales durante procesos electorales, especialmente en lo que respecta al uso del poder y los recursos institucionales para beneficiar a candidatos afines.

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