ECONOMÍA
Los trabajadores en relación de dependencia deberán presentar una nueva proyección de gastos personales para recalcular a la baja el impuesto a la renta que les descuentan mensualmente en su rol de pagos.

Francisco Briones, director del Servicio de Rentas Internas (SRI), señaló que la aplicación de los cambios en este tributo será de inmediato, es decir partir del año fiscal 2023. Por esta razón es necesaria la entrega del nuevo formulario de proyección de gastos personales, señaló Cinthia Uzcátegui, especialista tributaria y socia de Census Consultores.
”Los contribuyentes que se vean beneficiados por la reforma deberán modificar su proyección de gastos personales de inmediato. Los formularios presentados a inicio del año en curso, ya no tendrían validez. Por lo cual, los empleadores deberían solicitar a sus dependientes la actualización del mismo”, dijo.
La proyección de gastos personales permite a la administración tributaria prever la realidad fiscal del contribuyente y, así concluir si es necesario hacer o no retenciones para garantizar el pago del impuesto a la renta.
Los trabajadores con relación de dependencia ya han comenzado a pagar proporcionalmente su impuesto del año 2023, el cual es descontado directamente por su empleador. Esto prioriza aún más la necesidad de actualizar la proyección, ya que, muchos de ellos podrían estar pagando valores en exceso, agregó Uzcátegui.
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El director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Francisco Briones, confirmó que los cambios en el tributo entrarán en vigencia de inmediato, a partir del año fiscal 2023.
Por lo tanto, los contribuyentes beneficiados por la reforma deberán actualizar su formulario de proyección de gastos personales sin demora.
Las proyecciones presentadas a principios de este año ya no serán válidas, lo que implica que los empleadores deben solicitar la actualización de dichos formularios a sus empleados, señaló Cinthia Uzcátegui, especialista tributaria.
La proyección de gastos personales permite a la administración tributaria evaluar la situación fiscal de cada contribuyente y determinar si es necesario realizar retenciones adicionales para garantizar el pago correcto del impuesto a la renta.
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Los trabajadores en relación de dependencia ya han comenzado a pagar proporcionalmente su impuesto para el año 2023, el cual se deduce directamente de sus sueldos, recordó Uzcátegui.
Esta situación destaca aún más la importancia de actualizar las proyecciones, ya que muchos podrían estar pagando más de lo necesario, agregó la experta tributaria.
El experto tributarista Napoleón Santamaría señaló que la nueva ley tendría dos velocidades. Una para los ecuatorianos que trabajan en relación de dependencia y otra para quienes trabajan con facturación de servicios profesionales.
“La Ley entraría a regir desde este lunes 19 de junio (2023)”, había adelantado Santamaría, insistiendo en que es un cuerpo legal con carácter retroactivo desde enero de este año.
Y en ese sentido, estima que todas las empresas en el país tendrán que trabajar en el nuevo cálculo de retenciones y proyecciones de gasto de manera inmediata.
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La reforma tributaria establece un aumento en el límite de gastos personales deducibles, llegando a 15.294 dólares al año.
El nuevo monto deducible es progresivo y aumenta según el número de cargas familiares que tenga el contribuyente, permitiendo un máximo de cinco cargas registradas.
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Las cargas familiares incluyen padres, cónyuge o pareja en unión de hecho, hijos menores de 21 años o con discapacidad sin importar la edad.
Aquellos que tengan cargas familiares con enfermedades catastróficas, raras o huérfanas tendrán derecho al máximo de gastos deducibles de 15.294 dólares al año, sin importar el número de personas en el hogar, de acuerdo con la norma.
Los rubros que se consideran gastos personales incluyen vivienda, educación (incluyendo arte y cultura), alimentación (incluyendo pensiones alimenticias), salud, vestimenta, turismo nacional y gastos relacionados con mascotas.
Es importante destacar que la nueva normativa solo afecta a personas naturales y no beneficia a empresas u otras organizaciones. Sin embargo, como agentes de retención del impuesto a la renta, las empresas deben recalcular inmediatamente los valores que deducen mes a mes de los salarios de sus colaboradores.