Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, desde el 2 de enero de 2020, los contribuyentes que mantienen deudas por impuestos retenidos o percibidos (como por ejemplo IVA, retenciones en la fuente ICE, pueden acceder a un plan excepcional de pagos conforme lo establece la Disposición Transitoria Primera de la mencionada Ley.
Mirian Rubio Naranjo, directora del SRI de Chimborazo, señaló que las personas naturales y jurídicas que tenían deudas generadas por impuestos vencidos al 31 de diciembre del 2019, podían acceder a este beneficio hasta el 6 de marzo del presente año.
Cabe señalar que a nivel de la provincia muchos contribuyentes de Chimborazo se beneficiaron del plan excepcional de pagos al igual que Pichincha, Guayas y Manabí, siendo estos beneficios los siguientes: suspensión de las acciones de cobro, plan de 12 meses para diferir el pago, habilitación de la autorización para emitir comprobantes de venta, habilitación para ser proveedor del Estado, habilitación para realizar actividades de comercio exterior y habilitación del cumplimiento tributario.
Con respecto a aquellos que no se acogieron al plan excepcional de pagos, la funcionaria manifestó que el SRI iniciará los procesos coactivos que correspondan, con la finalidad de recuperar los valores vencidos que no han sido cancelados oportunamente por los contribuyentes.
En otro orden de cosas, Mirian Rubio Naranjo aprovechó la ocasión para informar a los contribuyentes que deseen la devolución del impuesto a la renta, que pueden iniciar el trámite respectivo ingresando a la página virtual del SRI o a su vez en las ventanillas de la institución. (16)