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sábado, mayo 3, 2025

Psicóloga sentenciada, por muerte en centro de rehabilitación en Ambato

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SENTENCIA

Nancy Alejandra M. Ll., psicóloga y representante legal del centro de rehabilitación “Punto de Decisión”, fue sentenciada a seis años y ocho meses de prisión por el delito de homicidio por omisión dolosa, tras la muerte de una joven que estaba bajo su cuidado. El fallo fue emitido por el Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua el 30 de abril.

Psicóloga fue sentenciada a más de seis años por la muerte de una paciente en Ambato.

Además de la pena privativa de libertad, el tribunal impuso una multa equivalente a cuarenta salarios básicos unificados y ordenó el pago de 20.000 dólares como reparación integral a los familiares de la víctima.

El caso se remonta a marzo de 2023, cuando la madre de la joven fallecida decidió internarla en el centro de rehabilitación ubicado en la parroquia Augusto Martínez, sector Laquigo, en Ambato, para tratar su problema de alcoholismo.

Para ello, firmó un contrato con la hoy sentenciada, con un costo mensual de 600 dólares, que incluía servicios psicológicos, psiquiátricos, médicos y terapias integrales. Sin embargo, el 2 de septiembre de ese mismo año, la paciente consumió alcohol metílico utilizado como combustible para mecheros que se encontraba al alcance de los internos en el área de manualidades.

De inmediato comenzó a presentar fuertes dolores abdominales y malestar general, pero, según la investigación fiscal, no recibió atención médica oportuna. Por el contrario, testigos afirmaron que fue objeto de insultos, maltratos y castigos físicos, sin que se activaran los protocolos mínimos de emergencia.

Dos días más tarde, el 4 de septiembre, fue trasladada a un centro médico, donde el personal solicitó exámenes de laboratorio. Sin embargo, su estado de salud empeoró rápidamente y falleció esa misma tarde. Durante la audiencia de juicio, el fiscal de la Unidad de Personas y Garantías presentó un conjunto de pruebas que resultaron decisivas para la sentencia.

Entre ellas se incluyeron la autopsia médico – legal, que determinó como causa de muerte una intoxicación aguda por metanol; la pericia toxicológica, que identificó 0,39 gramos por litro de alcohol metílico en el organismo de la víctima; y una autopsia psicológica, además de testimonios y análisis de audio y video obtenidos en el centro.

Con estos elementos, la Fiscalía argumentó que Nancy Alejandra M. Ll., en su calidad de responsable del centro, incurrió en una omisión dolosa, al no brindar atención médica inmediata, pese a estar consciente de la gravedad del estado de salud de la joven.

El delito de homicidio por omisión dolosa está tipificado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 28 del mismo cuerpo legal.

Se configura cuando una persona, teniendo la obligación legal de evitar un resultado dañoso, omite actuar deliberadamente, lo que deriva en la muerte de otra persona.

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