Por. Eduardo Díaz A.
A propósito de la promulgación de la Ley de Integridad Pública, que tiene por objeto, “regular todos los aspectos de la integridad en la gestión pública, con el objetivo de erradicar la violencia; la corrupción en todos los cargos y funciones públicas y mejorar la eficiencia del sector público”; es necesario comprender que: “La capacidad legal de una persona consiste en poder obligarse por sí misma”.
La calidad de las administraciones públicas y, la calidad democrática, no solo define el presente de las naciones, sino que además proyecta la visión de futuro y su desarrollo.
En este contexto, es necesario indicar que lo que no se mide, no se puede cuantificar, y, en términos de evaluación se requieren datos que nos permitan identificar el grado de satisfacción y percepción del usuario del servicio, respecto de datos cualitativos que fortalezcan la retroalimentación de manera integral en todos los niveles de gobierno.
Existe un índice que mide la calidad pública, “Índice Blavatnik de Administración Pública 2024” (Blavatnik Index of Public Administration 2024), desarrollado por Blavatnik School of Government de la Universidad de Oxford, que compara cómo los gobiernos gestionan sus recursos, personal y estrategias, este índice es una herramienta indicativa que promueve la transparencia y participación ciudadana, porque invita a la reflexión sobre el estado de nuestras instituciones públicas y su impacto en el constructo social.
Este índice, que bien puede replicarse en nuestro país, utiliza medidas cuantificables, para evaluar el rendimiento y eficacia; en términos de metodología, utiliza 82 métricas provenientes de 17 fuentes distintas, garantizando un análisis integral, con indicadores y subindicadores.
El Ecuador, requiere digitalizar las administraciones públicas, y volcar sus esfuerzos a la innovación, integridad y eficiencia en la implementación de las políticas públicas.
Hay que rectificar los errores del pasado, y reequilibrar la balanza de la transparencia, la administración y la justicia; pero también fortalecer los mecanismos de participación.
La corrección legítima no obra en la ley misma, sino en la conciencia ciudadana, en la redirección de los políticos que han dejado el derecho por veredas torcidas, y “algunos servidores públicos sin competencias y fatuos”
La sensatez de la Gobernanza y sus actores <Instituciones y Ciudadanos> sólo es posible, con coherencia, eficiencia, innovación y ética pública.