Por: Lisandro Prieto Femenía
Hace unos días salió a la luz el caso de Alejandro Otero, el drama de un hombre que estuvo en prisión por una falsa denuncia de su hijo, presionado por su ex esposa. Evidentemente, no es meramente una crónica judicial, sino un síntoma lacerante de una crisis en la administración de justicia y en la comprensión de la verdad. El hecho de que la madre de sus hijos los coaccionara para articular esa nefasta falsa denuncia de abuso infantil no sólo revela la perversidad inherente a tales actos, sino también que expone una alarmante impunidad legal para quienes instrumentalizan el sistema, despojando a un individuo de su libertad, reputación y vínculo familiar más íntimo. Repito, esto suceso, lejos de ser una anomalía, ilustra una preocupante erosión de los principios sobre los que se erige el Estado de Derecho.
Es sabido que la piedra angular de cualquier sistema jurídico que se precie de ser justo y respetable es la presunción de inocencia. El artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos humanos es claro y categórico: “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”. Sin embargo, en el contexto de las falsas denuncias, y particularmente en delitos de alto impacto social como el abuso, este principio parece sucumbir ante la presión mediática y una interpretación distorsionada de la protección a la víctima.
El calvario de Otero ilustra vívidamente esta erosión. Fue arrestado en 25 de junio de 2018 y pasó 26 (veintiséis) meses en prisión, sólo para ser declarado inocente después de un proceso judicial que duró 7 (siete) años. El elemento más desgarrador de su caso fue la revelación de que su propia ex-esposa, en el contexto de un conflicto de tenencia, presionó a sus dos hijos, menores de edad, para que lo denunciaran falsamente. A pesar de las inconsistencias en los testimonios infantiles, la falta de pruebas físicas y las múltiples pruebas que sí demostraban su inocencia, el proceso avanzó impulsado por la “credibilidad” inicial de la denuncia. No fue hasta que uno de sus hijos, ya adolescente, declaró en Cámara Gesell que la denuncia había sido fabricada bajo coerción de la madre, que el caso comenzó a desmoronarse. La vida de Alejandro quedó totalmente destrozada: perdió su trabajo, su reputación y, más importante aún, años irrecuperables de cercanía con sus hijos, a quienes la madre les prohibió el contacto. Esta es la cruda realidad cuando la presunción de inocencia cede ante una acusación sin fundamento, mientras las instituciones del Estado, los medios de comunicación y la sociedad toda, mira a un costado.
Históricamente, la carga de la prueba recae sobre el acusador. Como bien señaló el jurista y filósofo del derecho italiano Cesare Beccaria en “De los delitos y las penas” (1764), “la certeza de un castigo, aunque moderado, hará siempre mayor impresión que el temor de otro más severo, unido a la esperanza de la impunidad”. En este sentido, la impunidad ante la calumnia o la falsa denuncia no solo desequilibra la balanza de la justicia, sino que socava la confianza pública en el sistema. Datos de diversas investigaciones indican que, si bien el porcentaje varía, las denuncias falsas por agresión sexual no son insignificantes. Por ejemplo, estudios de la Universidad de California, Davis, y otras instituciones académicas en EE.UU. han estimado que las tasas de denuncias falsas pueden oscilar entre el 2% y el 10% de todas las denuncias, aunque algunas investigaciones sugieren cifras mayores en contextos específicos. Ignorar esta realidad estadística es ignorar una vulnerabilidad crítica para los derechos fundamentales de los acusados, los cuales, mientras dura el proceso, viven un calvario.