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domingo, septiembre 14, 2025

Daniel Noboa concede indulto a mujer condenada por estafa en Chimborazo

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INDULTO

María Rebeca Morocho Sisalema abandonó el Centro de Rehabilitación Social de Chimborazo n.º 3 el 12 de septiembre de 2025, luego de recibir un indulto presidencial firmado por el mandatario Daniel Noboa.

Mujer sentenciada por estafa en Chimborazo recibió indulto presidencial.

Condenada a cinco años de prisión por el delito de estafa, su liberación fue oficializada mediante el Decreto Ejecutivo N.º 119, que perdonó su pena privativa de libertad tras comprobarse el cumplimiento de los requisitos legales, entre ellos la reparación del daño, el arrepentimiento público y una conducta intachable durante su reclusión.

El presidente de la República, Daniel Noboa Azín, firmó el Decreto Ejecutivo N.º 119, concediéndole el indulto presidencial a Morocho. El anuncio se conoció a través del canal oficial de la Presidencia y fue ratificado por la Secretaría Jurídica, que confirmó que la mujer había cumplido con los requisitos establecidos por el Código Orgánico Integral Penal (COIP): demostrar arrepentimiento, mantener una conducta ejemplar en el centro penitenciario, pagar USD 3 000 de reparación integral a la víctima y ofrecer disculpas públicas.

María Rebeca Morocho, de 38 años, fue sentenciada en junio de 2024 por el delito de estafa. La condena: cinco años de prisión, una multa de 12 salarios básicos y una indemnización de USD 3.000 que según consta en el expediente judicial fue cancelada en su totalidad en 2021, cuando el proceso aún se encontraba en apelación.

La particularidad de su caso radica en que, antes de ingresar al centro penitenciario, ya había realizado un acto público de disculpa en una asamblea comunitaria de su parroquia en Chimborazo. Aquello, según argumentó su defensa, fue una muestra concreta de reparación simbólica y arrepentimiento genuino.

Durante su tiempo en el CRS Chimborazo n.º 3, el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de Libertad (SNAI) reportó que Morocho no incurrió en ninguna infracción disciplinaria. Participó en talleres de panadería, completó un curso de gestión financiera básica y colaboró con labores administrativas del centro. Para los funcionarios, su comportamiento fue el de una interna que no generó conflictos ni reincidencias. 

En Ecuador, el indulto presidencial es una medida excepcional. Según el artículo 74 del COIP, puede ser otorgado a personas privadas de libertad que cumplan con criterios claros: demostrar buena conducta, haber reparado a la víctima y no haber cometido delitos considerados de lesa humanidad o especialmente graves, como genocidio, tortura o desaparición forzada. El decreto presidencial aclara que el indulto otorgado a Morocho no implica impunidad, ni borra su historial penal. Solo elimina la pena privativa de libertad.

La decisión presidencial no ha estado libre de cuestionamientos. Mientras organizaciones de derechos humanos ven en el indulto un ejemplo de justicia restaurativa y de aplicación humanitaria de la ley, sectores críticos advierten que podría tratarse de una estrategia política orientada a fortalecer la imagen del mandatario de cara a futuros procesos electorales.

El perdón otorgado a Morocho, aunque legalmente sustentado, ha abierto el debate sobre el equilibrio entre la firmeza del Estado frente al delito y la necesidad de ofrecer caminos de reinserción.

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