SANCIÓN
El prefecto de Chimborazo, Hermel Tayupanda, quedó políticamente inhabilitado por 3 meses, tras la resolución del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), que ratificó la sanción en su contra por infracción electoral grave.

El fallo, aprobado por unanimidad, confirma que utilizó su cargo para condicionar la ejecución de obras a cambio de apoyo electoral.
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) confirmó el 23 de septiembre la suspensión temporal por 3 meses de los derechos políticos del prefecto Tayupanda, tras rechazar por unanimidad los recursos de apelación presentados por él y su coacusado, Juan Cuvi.
La decisión deja en firme la sentencia de primera instancia y marca un precedente en Chimborazo sobre el comportamiento de los funcionarios públicos durante procesos electorales. El caso se centró en un video difundido en redes sociales, en el que Tayupanda relacionaba la continuidad de obras públicas con el respaldo a la lista 12.
La defensa del prefecto intentó invalidar la prueba alegando falta de peritaje, pero el TCE confirmó su autenticidad mediante métodos digitales, estableciendo que el material era confiable y vinculante. Durante el proceso quedó demostrado que Tayupanda utilizó su cargo para incidir en la voluntad de los votantes, vulnerando la equidad democrática.
Según el artículo 278, numeral 3, del Código de la Democracia, un servidor público comete infracción grave cuando induce al voto en el ejercicio de sus funciones, y el pleno concluyó que el prefecto incurrió plenamente en esta conducta.
La sanción se aplicará en los próximos días y, aunque el tribunal consideró el principio de favorabilidad contemplado en la reciente reforma electoral, determinó que la suspensión era la respuesta adecuada frente a la gravedad de los hechos.
En su comunicado, el TCE subrayó que “el uso de recursos y funciones públicas con fines proselitistas mina la confianza ciudadana y debilita la legitimidad del proceso democrático”, destacando la necesidad de preservar la transparencia y la equidad en los procesos electorales.