¡A pagar el impuesto uno por mil!

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Esta contribución la deben realizar todos los prestadores de servicios turísticos de los establecimientos registrados en el Ministerio de Turismo, conforme se establece en la Ley de Turismo. 

La Coordinación Zonal 3 del Ministerio de Turismo y sus Oficinas de Gestión y Promoción Turística de Tungurahua, Cotopaxi y Pastaza, recomendó a todos los establecimientos turísticos de alojamiento, alimentos y bebidas, operación e intermediación, recreación, diversión y esparcimiento, y trasporte terrestre turístico, el pago de la Contribución 1×1000.

Balvanera Cruz, coordinadora Zonal del Ministerio de Turismo, informó que la contribución del “uno por mil” sobre los activos fijos, es una obligación que consta en el artículo 39 de la Ley de Turismo dirigida a toda persona natural o jurídica que preste servicios turísticos.

El pago de esta tasa  lo podrán hacer hasta el 31 de julio sin ningún recargo o intereses, acercándose a las oficinas de la institución ubicadas en la Av. Daniel león Borja y Jacinto Gonzáles, tercer piso, mencionó la Coordinadora de esta cartera de Estado.

Los establecimientos que no hayan cumplido esta obligación, estarán sujetos a los recargos de Ley.

En caso de nuevos establecimientos, para personas naturales y jurídicas, deberán cancelar esta contribución a través de un inventario valorado de activos fijos que conforman el establecimiento. (12)

 

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