Aspectos jurídicos de las Empresas

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Raúl Obregón Alvarez

Dentro del derecho de las empresas confluyen muchos aspectos de diferentes disciplinas jurídicas en relación con un sujeto concreto: los derechos y obligaciones del empresario. De ahí que, una actividad compleja como la empresarial no sólo involucra la creación, funcionamiento, desarrollo y relaciones de agentes privados, sino una interacción entre diferentes instituciones públicas y privadas así como la existencia de un marco jurídico dentro del cual deben desenvolverse los actores de la actividad empresarial.

El primitivo concepto de empresa parecido al concepto que se establece en el Código de Comercio Ecuatoriano fue referido “a una clase de “acto de comercio” originado en ideas del primer Código de Comercio Francés (empresas de fábrica, comisiones, de mandatos, transportes, hasta extenderse a actividades de servicio tales como la banca, empresas de seguros y agrícolas); a ello se agregan sus antecedentes en el derecho anterior, codificado o proveniente de las costumbres”.  Así pues, las empresas han seguido constituyéndose a partir de la compra o alquiler de inmuebles, contratación de trabajadores y empleados, expertos y profesionales. Es así que en Ecuador han comenzado a surgir nuevos negocios o emprendimientos.

Todos estos emprendedores o empresarios no deben pasar por alto que el Derecho le brinda la forma jurídica e instrumentos jurídicos a las empresas. Es necesario que al momento de constituir o formar una empresa, tomar en cuenta aspectos como los estatutos, nombramientos, pagos registrales y municipales, permisos de funcionamiento para cada actividad económica. Se entiende entonces que la organización empresarial, tiene una diversidad de aspectos tales como el económico, jurídico, social, psicológico, y otros.

Por lo tanto, resulta necesario contar con normas jurídicas claras, es decir un Código que fomente el comercio justo, incentive el desarrollo de las nuevas actividades comerciales basadas también en modelos internacionales y que contribuya en la apertura comercial del Ecuador; toda vez que las transacciones mercantiles y el comercio en general han sido recogidos en nuestro país desde hace 57 años por el Código de Comercio, que ésta vigente desde el 20 de agosto de 1960.

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