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miércoles, octubre 1, 2025

Condenado a 17 años de cárcel por abusar sexualmente de su hijo en Guano

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CONDENA
   
El Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo dictó una sentencia ejemplar contra un sujeto, quien fue condenado a 17 años y 4 meses de prisión por el presunto delito de abuso sexual cometido en contra de su propio hijo de 5 años.

La justicia condenó a un padre por presunto abuso sexual contra su hijo.

La resolución, emitida el 29 de septiembre de 2025, conmocionó a la comunidad de Guano por la gravedad de los hechos y por el vínculo directo entre la víctima y su agresor.

De acuerdo con la investigación, el delito se cometió en un contexto de especial vulnerabilidad. Durante ese período, la madre del niño permanecía hospitalizada por complicaciones de salud tras el nacimiento de su segunda hija. La ausencia forzada de la madre dejó al menor bajo el cuidado exclusivo de su progenitor, quien aprovechó esa condición para someterlo a agresiones sexuales, utilizando amenazas para garantizar el silencio de la víctima.

El caso salió a la luz cuando el menor, en un acto de valentía, confió a su madre lo sucedido. De inmediato, la mujer presentó la denuncia en la Fiscalía, dando inicio a un proceso penal que reunió pruebas determinantes.

En la etapa investigativa se incorporaron elementos clave: el testimonio anticipado de la víctima, en el que identificó a su agresor y relató los abusos, el testimonio de la madre, que describió el contexto de vulnerabilidad familiar, informes psicológicos y médicos, que evidenciaron el daño emocional y físico en el menor, pericias de trabajo social, que demostraron la situación de riesgo en la que se encontraba el niño y el reconocimiento del lugar de los hechos.

Estas pruebas, consideradas “contundentes” por el tribunal, confirmaron la responsabilidad del procesado y sirvieron de base para una sentencia condenatoria. El delito de abuso sexual contra un menor está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que contempla penas privativas de libertad de entre 10 y 13 años.

Sin embargo, en este caso los jueces decidieron incrementar la pena en un tercio al considerar agravantes como el vínculo de parentesco y la especial condición de indefensión del niño frente a su agresor. Además de la privación de libertad, el tribunal dispuso una reparación económica a favor de la víctima, como parte del proceso de reparación integral.

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