La Fiscalía General logró una sentencia condenatoria contra Dionisio G., quien fue declarado culpable de abuso sexual en perjuicio de la hijastra de su hija. El Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo, encargado del caso, dictó una pena de cinco años de prisión tras demostrarse que los hechos ocurrieron de manera reiterada entre 2014 y 2015, cuando la víctima tenía entre 9 y 10 años.

Durante la audiencia de juicio, el Fiscal Multicompetente de Alausí presentó pruebas contundentes que incluyeron el testimonio anticipado de la agraviada, quien narró con detalle los abusos e identificó a su agresor. Este testimonio fue respaldado por los informes periciales realizados bajo el Protocolo de Investigación de Delitos de Violencia Sexual.
La primera agresión ocurrió el 21 de septiembre de 2014, en la parroquia Tixán. Según los hechos expuestos, Dionisio G. llevó a la menor a una casa improvisada en un terreno mientras cumplía con un encargo de su madrastra y, aprovechando la situación, cometió el delito. La víctima guardó silencio durante un año, hasta que finalmente relató lo sucedido a su hermano, quien denunció el caso ante la Fiscalía.
El abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y establece una sanción de cinco a siete años de prisión cuando la víctima es menor de 14 años. Este caso pone de manifiesto la importancia de denunciar y atender de manera oportuna los casos de violencia sexual, así como la efectividad de los protocolos que permiten garantizar justicia para las víctimas y sus familias.