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martes, septiembre 30, 2025

Ecuador prohíbe uso de armas letales para dispersar protestas indígenas, según la Ley de Uso Legítimo de la Fuerza

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VIOLENCIA

En medio del octavo día del paro nacional convocado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), surgen cuestionamientos legales sobre la actuación de fuerzas estatales. En Imbabura, un comunero identificado como Efraín Fuerez, de Cotacachi, perdió la vida durante enfrentamientos entre manifestantes y agentes estatales.

Militares y policías tienen prohibido usar armas letales en protestas sociales.

Las autoridades investigan si hubo uso excesivo de la fuerza. La normativa vigente, la Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza (vigente desde agosto de 2022), establece límites claros al empleo de armas por parte de la Policía y las Fuerzas Armadas durante protestas sociales.

En términos generales, prohíbe el uso de armas letales para dispersar manifestaciones pacíficas y sólo admite su uso en situaciones extremas: cuando exista amenaza inminente de muerte o lesiones graves, o para detener a personas cuya conducta ponga en riesgo la vida.

En protestas consideradas pacíficas, la ley exige que las fuerzas de seguridad recurran primero a métodos no violentos, como la verbalización o la negociación, antes de emplear la fuerza física.

En caso de que la manifestación se torne violenta, sólo entonces puede permitirse el uso de armas menos letales, como escopetas con munición antitumulto, gases lacrimógenos o cañones de agua.

No obstante, incluso en estos casos, está prohibido el uso indiscriminado de armas de fuego con munición letal para dispersar reuniones colectivas.

La tensión política entre el Ejecutivo y los líderes indígenas persiste. Por un lado, el presidente Daniel Noboa descartó iniciar negociaciones para cambiar las medidas que originaron el paro.

Por otro, la Conaie descartó dialogar mientras permanezcan vigentes las políticas cuestionadas.

Organismos internacionales han demandado que se respete el derecho a la protesta pacífica y que las fuerzas estatales actúen bajo los parámetros legales establecidos.

Este episodio reaviva el debate sobre los límites del uso de la fuerza estatal y la protección de los derechos ciudadanos en contextos de movilización social.”

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