ELECCIONES
El próximo 9 de febrero de 2025, Ecuador celebrará las elecciones generales, convocando a las urnas a cerca de 13,7 millones de ciudadanos. En el país, el voto es obligatorio para las personas de entre 18 y 65 años, mientras que, para adolescentes de más de 16 años y adultos mayores, este es opcional.

El incumplimiento de la obligación de votar conlleva sanciones económicas estipuladas en la Ley Electoral. La multa por no acudir a las urnas es equivalente al 10% de un Salario Básico Unificado (SBU), lo que en 2025 se traduce en USD 47. Los 287.534 ciudadanos convocados para conformar las mesas electorales deben cumplir con ciertas responsabilidades. De lo contrario, se exponen a las siguientes multas:
-No asistir a la capacitación previa organizada por el Consejo Nacional Electoral (CNE): USD 47.
-No presentarse a integrar la JRV, tras ser notificado: multa equivalente al 15% del SBU, es decir, USD 70,50.
-Abandonar las funciones durante el desarrollo de los comicios: esta es considerada la infracción más grave, con una sanción de entre 11 y 20 SBU, lo que equivale a montos que oscilan entre USD 5.170 y 9.400.
Aunque no pagar las multas no impide participar en futuros procesos electorales, estas sanciones se acumulan y deberán ser canceladas antes de poder realizar ciertos trámites legales.
El 9 de febrero, los ecuatorianos elegirán al próximo presidente y vicepresidente de la República, así como a miembros de la Asamblea Nacional y parlamentarios andinos, quienes ejercerán sus funciones por un periodo de cuatro años. La obligatoriedad del voto y las sanciones buscan garantizar una alta participación ciudadana en un evento crucial para el futuro del país.