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domingo, junio 29, 2025

En Riobamba se debe cumplir con los deberes tributarios

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CIUDAD

La Unidad de Rentas Municipales del GADM de Riobamba recordó a la ciudadanía que la obtención de la patente municipal es un requisito obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas que desarrollan actividades económicas de manera permanente en el cantón.

La patente municipal es una obligación tributaria que deben cumplir todas las personas naturales o jurídicas.

Esta obligación abarca comercios, industrias, servicios profesionales, actividades financieras, inmobiliarias y más. El trámite, que debe gestionarse a través de la plataforma digital Soy Riobamba, constituye el primer paso formal para operar legalmente dentro del territorio municipal.

Sin embargo, persisten ciertas omisiones y desinformación que, según autoridades locales, continúan generando problemas administrativos y deudas innecesarias entre los contribuyentes.

Rocío Echeverría, responsable de la Unidad de Rentas Municipales, explicó que para quienes solicitan la patente por primera vez, es necesario cargar en el sistema el formulario de registro, el certificado del RUC, la copia de cédula de identidad y estar al día con el pago del impuesto predial.

Una vez registrados estos documentos, se procede con el trámite que permite obtener el permiso municipal para ejercer actividades económicas.

En los casos de negocios que ya están activos y registrados, el sistema de la municipalidad permite una renovación automática de la patente cada 1 de enero, siempre que no haya cambios en el negocio. Para quienes no están obligados a llevar contabilidad, el valor a pagar se calcula con base en la declaración del impuesto a la renta, mientras que quienes no declaran lo hacen bajo una tarifa fija referencial.

El sistema tiene beneficios especiales para grupos específicos de la población. Entre ellos, las personas con discapacidad, quienes pagan un valor reducido de 10 dólares, siempre y cuando su base imponible no supere los 50 salarios básicos unificados (SBU).

También están exentos los artesanos calificados, productores agrícolas, pecuarios, acuícolas, y personas mayores de 65 años que cumplan con criterios de ingreso y patrimonio establecidos en la normativa vigente.

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