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jueves, abril 24, 2025

En Riobamba, tres años de prisión para agresor por lesiones graves

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JUSTICIA

En una audiencia, el 26 de marzo en el Tribunal de Garantías Penales de Riobamba, se dictó sentencia contra Crístofer Alejandro O. A., quien fue declarado culpable de causar lesiones graves a un hombre, incidente ocurrido en 2019.

Tribunal de Garantías Penales de Riobamba dictó sentencia contra Crístofer Alejandro O. A. por causar lesiones a la víctima con un arma blanca.

El tribunal impuso una pena de tres años de prisión, luego de que la Fiscalía presentara elementos probatorios sólidos que demostraron la responsabilidad del acusado.

El caso, que ha captado la atención, tiene como trasfondo un ataque violento sucedido el 10 de noviembre de 2019, en las afueras de una discoteca en el norte de Riobamba. La víctima, un hombre cuya identidad aún se mantiene en reserva por razones legales, fue atacado por Crístofer con un arma blanca, lo que le causó una profunda herida en el antebrazo izquierdo.

El daño fue tan grave que le ocasionó una incapacidad superior a noventa días, lo que motivó su traslado inmediato a un centro de salud. Según los informes presentados por la Fiscalía, el ataque ocurrió en un contexto de alteración, fuera del establecimiento nocturno.

La víctima se encontraba en el lugar cuando, por razones que aún no han quedado completamente claras, fue abordado por Crístofer Alejandro O. A., quien de manera intempestiva sacó un arma blanca y lo agredió sin previo aviso. La herida en el antebrazo izquierdo fue de tal gravedad que dejó a la víctima con secuelas permanentes y una incapacidad médica superior a los tres meses.

El Fiscal a cargo del caso, que forma parte de la Unidad Especializada en Personas y Garantías, destacó durante el juicio que la agresión no fue un acto aislado, sino el resultado de una serie de decisiones impulsivas que derivaron en un delito violento.

El fiscal fundamentó su acusación en pruebas contundentes, entre ellas un informe médico-legal que detallaba las lesiones de la víctima, un certificado de incapacidad que certificaba el tiempo de recuperación, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el levantamiento de evidencias y los testimonios de testigos presenciales.

La sentencia de tres años de prisión fue dictada conforme a lo establecido en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el delito de lesiones graves. Este artículo establece una pena privativa de libertad de entre tres y cinco años cuando las lesiones causan una grave enfermedad, una disminución significativa de las facultades físicas o mentales, o una incapacidad superior a noventa días.

En este caso, la incapacidad permanente de la víctima en el brazo fue un factor determinante en la condena. El tribunal no solo consideró las pruebas médicas, sino también el impacto psicológico y físico que sufrió la víctima a raíz de la agresión.

La ley ecuatoriana prevé sanciones severas para este tipo de delitos, que buscan disuadir la violencia y proteger los derechos de las personas frente a ataques injustificados.

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