Jubilados del GADPH continúan en pie de lucha

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El pasado jueves, la Comisión de Jubilados de la Asamblea Nacional conoció el reclamo de los ex trabajadores del Consejo Provincial. En una audiencia se expuso los argumentos jurídicos de las dos partes.

César Robles, abogado defensor del grupo de ex trabajadores jubilados del Consejo Provincial de Chimborazo, informó detalles de la audiencia cumplida el pasado jueves en la Comisión de Jubilados de la Asamblea Nacional del Ecuador, donde se expuso los argumentos jurídicos de las dos partes, respecto al pago de 2 millones de dólares por jubilación a este grupo de trabajadores, como lo dicta una sentencia de un tribunal. De igual forma, contestó comentarios vertidos por el prefecto, Mariano Curicama.

Según explicó Robles, en una rueda de prensa Curicama habría manifestado que sus defendidos estarían solicitando se les pague una doble jubilación, a lo que calificó de falso: “Lo que solicitan mis defendidos es únicamente que, de los 30 mil dólares que recibieron, se liquide y se determine la diferencia que dejaron de percibir por el Mandato Constituyente. 2. Art.8; la diferencia no una doble jubilación”.

De igual forma manifestó que se piensa confundir el monto de la indemnización por jubilación, situaciones que son totalmente distintas: “El uno es por jubilación patronal y el otro es el monto de la indemnización por jubilación que deben percibir”.

Si son o no recursos de la provincia, Robles sostuvo que, de conformidad al reglamento, le correspondía al GADPCH provisionar anualmente desde el 2009, el monto a pagarse por concepto de jubilación: “Nos sorprende que ahora se diga que es dinero de la provincia”.

En este sentido, informó que dentro de las acciones interpuestas,  se presentó  una denuncia en la Contraloría General del Estado (CGE), con el objetivo de que se realice una verificación preliminar y, de ser necesario un examen especial acorde a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y su reglamento, respecto dos circunstancias: se determiné si se justificó o no el pago a los abogados externos; y, además se justifique si se provisionó o no anualmente  el pago por concepto de jubilaciones y dónde están los dineros.

Adiciona acotó que presentaron en la Fiscalía de Chimborazo, una denuncia penal por incumplimiento de decisiones legitimas de autoridad competente, de conformidad a lo establecido en el Art. 282 del Código Orgánico Integral Penal.

Y respecto a la ejecución de las resoluciones, se ha solicitado a la Inspectoría del Trabajo de Chimborazo que, como medida cautelar, se dicte el embargo de las acciones que el GADPCH tiene en la Empresa Eléctrica Riobamba S.A: “seguiremos accionado todas las vías que el derecho nos asista para reclamar y demandar el pago inmediato”.  (12)

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