“La salud del pueblo sea la suprema ley” (Salus Populi suprema lex esto) es la famosa frase acuñada hace más de dos mil años, por Marco Tulio Cicerón, el más célebre de los oradores de Roma, político y magistrado brillante,.. Esta sentencia, plena de enseñanzas, para la situación sanitaria que se halla atravesando Ecuador por la pandemia del coronavirus, es oportuno recordarla por su brevedad y contundencia para entender que el interés colectivo debe prevalecer sobre lo individual, como lo hacía Roma cuando se hallaba amenazada por un grave peligro de salud comunitaria.
La conocida frase” La salud del pueblo es la suprema ley” hoy tiene más fuerza y validez que nunca en todo el territorio nacional y específicamente en Chimborazo donde se han confirmado dos casos de coronavirus COVID -19. El COE provincial, a partir de este momento deben extremar las medidas y las líneas de acción en defensa de la salud colectiva, sin olvidar lo que establece el Art. 32 de la Constitución vigente que, textualmente, dice: “La salud es un derecho que garantiza el Estado…mediante el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, sexual y salud reproductiva.” Y luego añade: “La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional”.
Que este hermoso postulado constitucional tenga plena cabida , por lo menos, en los hospitales públicos y del IESS de Riobamba a fin de que la salud del pueblo sea una realidad de la política estatal en beneficio del pueblo, más allá de las líricos, cuasiliterarios articulados de la Constitución de Montecristi.