Ley de Comunicación: Veto a las reformas pasa al Pleno de la Asamblea

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POLÍTICIA

El Pleno de la Asamblea Nacional está convocado este 18 de octubre de 2022 para, entre otros puntos, resolver el veto a las reformas a la Ley de Comunicación. El presidente Guillermo Lasso vetó parcialmente el proyecto, que fue aprobado por el correísmo y Pachakutik. La primera parte del veto, por inconstitucionalidad, ya fue aceptada por la Corte Constitucional en su mayoría. La segunda parte, deberá resolverse en el Pleno.

El Pleno de la Asamblea aprobó reformas a la Ley de Comunicación este 21 de julio de 2022.

La Comisión de Relaciones Internacionales resolvió sugerir al Pleno que se allane a las 34 observaciones parciales “por inconveniencia”. De hecho, la bancada correísta UNES promueve que la Asamblea se ratifique en los 38 artículos de la Ley de Comunicación y deseche las propuestas de Lasso. Los artículos que están en debate son aquellos relacionados con la nueva potestad que tendría la Defensoría del Pueblo de iniciar “procesos de protección de derechos” cuando haya “faltas” por parte de los medios de comunicación.

Además, el veto propone eliminar la obligatoriedad de que los medios deban participar en “talleres de capacitación” desarrollados por el nuevo Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación, de acuerdo con las “faltas” que puedan cometer. Juan Fernando Flores, presidente de la Comisión de Relaciones Internacionales y jefe de la bancada oficialista, aseguró que han conversado con todas las bancadas excepto UNES.

Señaló que están en búsqueda de los 70 votos que permitan que el Pleno se allane al veto presidencial a la Ley de Comunicación. “Hay dos escenarios: o logramos los 70 votos para el allanamiento al texto del Presidente, o no se lograrán los 92 votos para la ratificación, con lo cual (el veto) pasaría por el ministerio de la ley una vez que se cumplan los plazos”, aseguró Flores. Si la Asamblea no logra los votos para ratificarse o allanarse sobre el texto del veto, cuando se cumplan 30 días hábiles (sin contar la vacancia), el texto de la Presidencia entraría en vigencia directamente.

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