Registro Civil amplía su horario de atención para cedulación por el Referéndum y Consulta Popular 2024

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ATENCIÓN.

El pasado 02 de abril de 2024, el Registro Civil del Ecuador anunció la implementación de jornadas extendidas para el servicio de cedulación, con agendamiento, con motivo del Referéndum y Consulta Popular 2024.

Registro Civil del Ecuador implementa jornadas extendidas de atención.

Estas jornadas se llevarán a cabo desde el 6 hasta el 21 de abril del presente año, con el objetivo de facilitar el acceso al documento de identidad a aquellos ciudadanos que aún no lo poseen. De acuerdo con el cronograma establecido, se ampliará una hora adicional de lunes a viernes, en 21 agencias, en un horario de 08H00 a 18H00, durante dos semanas consecutivas: del 8 al 12 de abril y del 15 al 19 de abril de 2024. Cabe destacar que las demás agencias mantendrán su horario habitual de 08H00 a 17H00.

Asimismo, se habilitarán fines de semana de 08H00 a 14H00 en 38 agencias, los días sábado 6 de abril, sábado 13 de abril, y sábado 20 y domingo 21 de abril de 2024.

Es importante recordar a los usuarios que, para obtener su cédula, es necesario cancelar y agendar un turno en la Agencia Virtual del Registro Civil (https://virtual.registrocivil.gob.ec/).

La tarifa para la emisión por primera vez es de $5,00 dólares, mientras que para la renovación es de $16,00 dólares. Las formas de pago habilitadas incluyen transacciones en línea a través de la Agencia Virtual del Registro Civil con los procesadores de pago Kushki y PlacetoPay, así como pagos en línea mediante aplicativos bancarios y en efectivo en diversos puntos autorizados. Para las personas con discapacidad igual o superior al 30%, la cédula no tiene costo.

Por otro lado, se informa que adultos mayores, mujeres embarazadas, personas con enfermedades catastróficas o con discapacidad no necesitan agendar y pueden acudir directamente a la agencia más cercana para ser atendidos de manera preferencial. En estos casos, los pagos se realizan en los puntos de recaudación dispuestos al interior de las oficinas.

Es fundamental destacar que, de acuerdo con el artículo 12 del Código de la Democracia, tanto la cédula como el pasaporte son documentos válidos para ejercer el voto, sin importar su fecha de caducidad.

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