ARTÍCULO 98
El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 57, que establece el nuevo reglamento de la Ley Orgánica de Integridad Pública el 22 de julio de 2025. Esta normativa incluye modificaciones al reglamento general de la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP), entre las cuales destaca la eliminación del artículo 98.

El artículo eliminado regulaba el procedimiento de notificación de sanciones y archivo de sumarios administrativos cuando no existían pruebas suficientes. Exigía que la autoridad notificara por escrito la resolución motivada a la dirección legal del servidor público, y establecía un trámite de 10 días para emitir el informe correspondiente, que debía ser archivado sin afectar el expediente personal si no se hallaban méritos suficientes.
Con la derogación del artículo 98, se modifican esos plazos: las Unidades de Talento Humano tendrán **15 días** para notificar la resolución final. La notificación seguirá operando por medios oficiales, y el servidor podrá recibir la resolución aunque el expediente haya sido archivado.
Durante las redes sociales circuló información equivocada, atribuyendo a este cambio la supresión del décimo cuarto sueldo. No obstante, ese concepto no estaba contemplado en el artículo 98. Como norma inferior al cuerpo legal, el reglamento no puede modificar leyes: por lo tanto, el pago del décimo cuarto sueldo abril para Costa y Galápagos, agosto para Sierra y Amazonía continúa vigente sin alteraciones.