Por: Carlos Freile
Entre las muchas falsedades que la gente ha aceptado como realidades referentes a la Edad Media se distingue una afirmación verdadera: que en esos siglos predominó una fragmentación de poderes en todos los ámbitos, sobre todo en el político, aunque la gente cae en otro error al pensar que los reyes medievales tenían un poder absoluto, lo cual sería contradictorio con la innegable realidad de la mencionada fragmentación.
Esta introducción histórica se debe a una noticia, de cuya veracidad no doy garantías, como la recibí la comento: la dirigencia indígena de Cotopaxi habría prohibido a la Policía Nacional ingresar a ciertos lugares de esa provincia, dentro del proceso por un supuesto atentado contra la vida de un miembro de esa comunidad.
Nuestra República ha reconocido cierta autonomía a las diversas etnias indígenas que forman parte de ella; un aspecto de ello es la llamada “justicia indígena”, sobre la cual convendría que los juristas especializados dieran su opinión profesional de una manera clara. Pero esta excepción jurídica ya se halla establecida en nuestras leyes, con lo cual se configura ya esto que he dado en llamar “República feudal”: el poder judicial está fraccionado, ya no somos todos iguales ante las mismas leyes o, desde el otro lado, las leyes ya no son iguales para todos.
El hecho de que el Ecuador sea, de acuerdo a la esperpéntica Constitución vigente, “un Estado… unitario, intercultural, plurinacional…” lleva, en la práctica, a la construcción paulatina de una República feudal, no en las declaraciones sino en la realidad de los tercos hechos. Nuestra Policía, creo no equivocarme, se llama oficialmente “Nacional”, pero de acuerdo al primer artículo de nuestra malhadada Constitución los clarividentes autores de la misma debieron prever uno de dos cambios posibles, o llamarla “Policía Plurinacional”, para desde el nombre indicar que su jurisdicción abarca todo el territorio y a todos los pobladores de este Estado; o, en su defecto, agravando la feudalización de la República, crear Policías Nacionales para cada nación existente en este dichoso Estado. Así debían actuar una Policía Blanca (hispana y afines), otra Mestiza, otra Afro, otra Sirio-libanesa-palestina, otra China….
Así también, para cumplir con el mandato constitucional que manda al Estado “garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos…”, este debería crear ordenamientos jurídicos para cada una de las naciones, de lo contrario, algunas de ellas son discriminadas.
No entro en el tema del progreso del Derecho y la Justicia desde el Código de Hammurabi en adelante, lo dejo a los especialistas, pero como observador de la realidad me entra la duda de si la existencia de diferentes “justicias” sin códigos claros, sin procedimientos transparentes, sin fijación de quiénes se sujetan a ellas, dónde y cuándo, no es una regresión en el tiempo hacia épocas no digo anteriores a la Edad Media sino a los Reinos Mesopotámicos.
Confieso que me he atrevido a hacer lo que muchos hacen en diferentes ámbitos: escribir sobre un tema que no domino, razón por la cual pido disculpas.