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jueves, octubre 31, 2024

Sanción para los miembros de juntas receptoras del voto que no asistan a capacitarse

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ELECCIONES

Desde el 5 de julio, los ciudadanos que fueron designados como miembros de las juntas receptoras del voto deben acudir a la capacitación. Se trata de un proceso presencial y obligatorio que debe cumplirse en cualquiera de las 24 delegaciones provinciales del Consejo Nacional Electoral (CNE), y en los puntos habilitados en las diferentes ciudades.

Proceso de capacitación para miembros de juntas receptoras del voto

Los integrantes de las mesas son las mismas 279 244 personas que ya participaron en las elecciones seccionales del pasado 5 de febrero. No obstante, el CNE enfatizó en que la capacitación no es opcional.

Esto debido a que se trata de un proceso electoral atípico que contará con ocho papeletas nuevas. Con ellas se elegirá presidente, vicepresidente y asambleístas, y se votará en la Consulta Popular del Yasuní y Chocó Andino.

La institución también recordó que la Ley establece sanciones para los miembros de las juntas receptoras del voto que no asistan a capacitarse. Ellos deberán pagar una multa correspondiente al 10% del salario básico unificado, es decir, USD 45 por la inasistencia.

Las personas que sean miembros de las juntas receptoras del voto y no asistan el día de las elecciones, deberán cancelar una multa del 15% del salario básico unificado, equivalente a USD 67,5. Mientras tanto, quienes abandonen sin justificación la mesa, serán sancionados con una multa entre 11 y 20 salarios básicos; es decir, de USD 4 950 a USD 9 000.

Por otra parte, quienes se capaciten y acudan a los comicios del 20 de agosto recibirán un pago de USD 40 por el proceso electoral y USD 20 adicionales por la Consulta Popular. Todo esto según lo determina el Código de la Democracia. /El Expreso.

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