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martes, septiembre 16, 2025

SRI Modifica Nuevamente las Reglas de Facturación Electrónica: Cambios Importantes para 2025

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El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha sorprendido a todos los contribuyentes con una
nueva reforma que modifica las reglas que apenas había establecido. Con la Resolución
NAC-DGERCGC25-00000017 del 29 de julio de 2025, el SRI ajusta varios aspectos
cruciales de la Resolución NAC-DGERCGC25-00000014.

Los 4 Cambios Más Importantes que Debes Conocer

  1. Plazo de Anulación se Reduce de 10 a 7 Días

    Antes: Tenías hasta el día 10 del mes siguiente para anular comprobantes. Ahora: Solo
    tienes hasta el día 7 del mes siguiente.
    Ejemplo práctico: Si emites una factura el 15 de septiembre de 2025, podrás anularla hasta
    el 7 de octubre de 2025 máximo.

    2. Notas de Crédito: Cambios Importantes en las Reglas
    Antes: Solo podías emitir notas de crédito dentro de 12 meses desde la emisión del
    comprobante original. Ahora: Se elimina el límite de 12 meses, PERO se establecen nuevas
    restricciones:

    • Las notas de crédito deberán emitirse únicamente en los casos señalados en el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios
    • El SRI podrá verificar en el ejercicio de sus facultades el uso adecuado de este tipo de comprobantes

    Lo que significa: Aunque no hay límite temporal, el SRI será más estricto controlando que
    las notas de crédito se usen correctamente y solo en los casos permitidos por la ley.

    3. Comprobantes a “Consumidor Final” Tienen Una Prórroga

    Antes: Desde el 1 de agosto de 2025 ya no se podrían anular facturas con la leyenda
    “consumidor final”. Ahora: Podrás seguir anulándolos durante todo el 2025. Recién desde el
    1 de enero de 2026 será imposible anularlos.

    Ejemplo: Si emites una factura a “consumidor final” en octubre de 2025, aún la podrás
    anular siguiendo los plazos normales. Pero si la emiten en enero de 2026, ya no habrá
    forma de anularla.

    Autorización de Comprobantes: Se Mantienen los 4 Días
    Antes: La reforma original establecía que desde agosto de 2025 los comprobantes debían
    autorizarse inmediatamente. Ahora: Mantienes el plazo de 4 días hábiles para autorización
    durante todo el 2025. Solo desde enero de 2026 será obligatoria la autorización inmediata.

    efaccilito: Tu Aliado en la Facturación Electrónica

    Ante estos constantes cambios normativos, contar con un sistema de facturación electrónica
    confiable se vuelve esencial. efaccilito ofrece emisión de comprobantes en tiempo real, lo
    que te permite cumplir automáticamente con los nuevos plazos establecidos por el SRI sin
    preocupaciones adicionales.

    Nuestro equipo se mantiene constantemente actualizado respecto a todas las
    modificaciones y resoluciones del SRI, implementando los cambios necesarios de manera
    inmediata para garantizar que tu facturación electrónica siempre esté al día con la normativa
    vigente.

    Esto significa que no tendrás que preocuparte por estar al pendiente de cada nueva
    resolución o reforma, ya que efaccilito se encarga de mantener tu sistema siempre
    cumpliendo con la ley.
    Para conocer más sobre nuestros servicios, visita www.efaccilito.com

    ¿Qué hacer ahora?

    1. Revisa tus procesos: Ajusta tus procedimientos internos al nuevo plazo de 7 días
      para anulaciones.
    2. Cuidado con las notas de crédito: Asegúrate de emitirlas solo en casos permitidos
      por el reglamento, ya que el SRI será más vigilante.
    3. Planifica para enero 2026: Prepárate para los cambios definitivos que entrarán en
      vigor el próximo año.
    4. Actualiza tus sistemas: Considera migrar a una plataforma como efaccilito que se
      adapte automáticamente a estos cambios normativos.
    5. Mantente informado: El SRI puede seguir haciendo ajustes, así que quédate atento a
      nuevas resoluciones.
    6. Consulta con tu contador: Estos cambios pueden impactar tu flujo de caja y procesos
      contables.
    FechaCambio
    1 de agosto de
    2025
    Entra en vigor el plazo de 7 días para anulaciones
    1 de enero de
    2026
    Se prohíbe definitivamente anular comprobantes a “consumidor final” y
    se exige autorización inmediata

    Recuerda: El incumplimiento de estas normas puede resultar en sanciones y problemas con
    la administración tributaria. La clave está en la planificación y el seguimiento constante de
    los cambios normativos.
    Como contribuyente, tu mejor defensa es mantenerte informado y adaptar rápidamente tus
    procesos a estas nuevas reglas, especialmente considerando que el SRI ha demostrado
    que puede hacer cambios adicionales con poca anticipación. Un sistema como efaccilito te
    brinda la tranquilidad de saber que siempre estarás cumpliendo con las últimas
    disposiciones tributarias.

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