PAÍS. –
La Corte Constitucional emitió el dictamen relacionado con el estado de excepción declarado por Daniel Noboa mediante el Decreto Ejecutivo 410 del 3 de octubre de 2024.
En este dictamen, la Corte resolvió validar únicamente las medidas que suspenden la inviolabilidad de correspondencia, la inviolabilidad de domicilio en casos específicos y la restricción focalizada del derecho a la libertad de tránsito en 19 cantones y una parroquia.
En cambio, la Corte determinó la inconstitucionalidad de medidas consideradas incompatibles con el marco constitucional ecuatoriano.
Entre las disposiciones declaradas inconstitucionales, se encuentra la suspensión del derecho a la libertad de reunión para evitar amenazas a la seguridad ciudadana en espacios públicos. Asimismo, la Corte rechazó la orden de requisición de armas, explosivos o accesorios relacionados sin la debida autorización.
También se declaró inconstitucional la intervención de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas con el objetivo de combatir grupos de crimen organizado. Según el dictamen, El dictamen incluye un análisis de los estados de excepción decretados a lo largo del año 2024. En el mismo se observa que la población ecuatoriana permanece bajo este régimen durante 9 de los primeros 11 meses del año, lo que revela un uso frecuente de esta herramienta para enfrentar problemas de violencia.
En este contexto, la Corte exhortó a las autoridades a emplear los mecanismos previstos en el régimen ordinario para atender la crisis de violencia. También a implementar políticas públicas y legislativas necesarias, y respetar el carácter excepcional y temporal de los estados de excepción./El Expreso