LAS EMPRESAS EN RELACIÓN CON EL AMBITO LEGAL

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Raúl Obregón Alvarez

Las empresas son instituciones de gran importancia en la vida social de un país. Es así que siempre han sido vistas como una entidad económica de producción y distribución de bienes y servicios.  Guillermo Perkins señala que “Hay un momento muy especial en la vida de una persona emprendedora: cuando hace “nacer su empresa”.  Siendo ésta la única manera de crear, de dar vida a algo que no existía. Consecuentemente,  mediante la creación de una empresa, dos o más personas buscan crear riqueza. Es claro que las empresas comienzan a crecer, atravesando las clásicas crisis de desarrollo que demandan un esfuerzo de mejora profesional y exigen recursos para superar y afrontar las dificultades empresariales.

Las empresas pueden tener distintos fines dentro de su actividad económica, así como puede tener múltiples destinos como satisfacer a clientes, pagar sueldos justos, distribuir dividendos equitativos, hacer frente a los impuestos, permitir la inversión, el crecimiento y el cumplimiento de la responsabilidad social. Es necesario mencionar que en la actualidad las compañías anónimas y de responsabilidad limitada se pueden constituir en línea (on line) mediante el portal de la página web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. Las mismas tienen que establecer cuál será su objeto social y cuáles serán sus actividades complementarias y fases.

En el momento de la constitución de cualquiera de estos dos  tipos de compañías es necesario que sus socios o accionistas establezcan cuál será la denominación, para lo cual deben realizar una reserva de nombre, la misma que será aprobada por la Superintendencia. En el momento que una empresa ya cuenta con su nombre, se debe proceder a realizar sus estatutos o contrato social.  Este contrato de sociedad conforma una entidad compuesta por personas interesadas en desempeñar una actividad de carácter económico y por ende con fines lucrativos. Por lo tanto, se trata de un instrumento por el cual personas físicas o jurídicas acuerdan asociarse para conseguir un interés común. El Código Civil en su artículo 1957 define a la sociedad o compañía como”…un contrato en que dos o más personas estipulan ponerse algo en común, con el fin de dividir entre si los beneficios que de ellos provengan”.

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