Ministro de Trabajo: “Es necesaria la comprensión de los trabajadores y la colaboración de los empresarios”

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ENTREVISTA

Luis Arturo Poveda, Ministro de Trabajo en una entrevista concedida para diario Los Andes, se refirió a las acciones del ejecutivo para reactivar la economía y la Ley Humanitaria en materia laboral, así como también explicó el alcance de las reformas laborales, acuerdo entre empleadores y trabajadores, reducción de la jornada laboral y las acciones que realiza el ministerio de trabajo para proteger los derechos laborales de los trabajadores.

Poveda, señaló que el Gobierno quiere frenar y hasta revertir los despidos, que durante la crisis sanitaria ya superan los 150 000 en el país. El Ministerio de Trabajo es el que vigilará los acuerdos a los que lleguen los empleadores y sus trabajadores para ajustar los contratos, opción que da la Ley Humanitaria. “Es necesaria la comprensión de los trabajadores y la colaboración de los empresarios. La Cartera de Trabajo, a mi cargo, está dando la apertura necesaria para establecer convenios entre trabajadores y empleadores”, dijo.

Con respecto a si los acuerdos deben ser registrados en el Ministerio de Trabajo, el Sr. Ministro indicó: Por supuesto que sí, todos estos acuerdos deben ser registrados, controlados y monitoreados a través del departamento de Inspección del Trabajo. Ahora para la validez los empleadores están en la obligación de presentar al trabajador los estados financieros de la empresa, así como utilizar los recursos de la empresa con total transparencia, y no podrán distribuir dividendos ni reducir el capital mientras esté en vigencia estos acuerdos.

En lo aprobado por la Asamblea Nacional también hay la reducción emergente de la jornada de trabajo, por fuerza mayor o caso fortuito, pero debidamente justificado por el empleador. Una vez que justifique el empleador, podrá reducir la jornada ordinaria de trabajo hasta un máximo de 50 %, pero la remuneración no puede ser menor al 55 %. Y así mismo en este tipo de reducción emergente, el empleador tendrá la obligación de notificar al Ministerio, a través del Sistema Único de Trabajo (SUT), el periodo de la jornada reducida y la nómina de los trabajadores.

Es necesario aclarar que la reducción de la jornada es 25 % (de 40 horas semanales pasa a 30 horas), no así el cálculo para efectos del pago de la remuneración, conforme lo establece la ley, el pago se determina por las 240 horas que labora un servidor público, es decir por 30 días de trabajo al mes, por consiguiente la reducción de la remuneración corresponde al 16,66 %. Se hace con el fin de precautelar la salud de los trabajadores, evitando las aglomeraciones, se van a hacer turnos. Son jornadas especiales emergentes, en este caso va a ser por seis meses, y se puede renovar por seis meses más, dependiendo de cómo vaya esta emergencia sanitaria.

“Se hacen necesarios estos acuerdos, con esto ya por lo menos el trabajador no pierde su empleo, claro reducido, pero es emergente y tiene la Seguridad Social y otros beneficios”. Finalizó. (16)

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