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martes, enero 14, 2025

Presunto peculado si no hay licencia para campaña

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El espíritu del Código de la Democracia busca que los candidatos participen en igualdad de condiciones y no con “una cancha inclinada”, según Paulina Araujo, experta en Derecho Penal. Cuestiona que un funcionario público abuse de su cargo y reciba doble dinero público, el de su puesto y el que asigna el Estado para la campaña electoral.

Verónica Abad dijo que asumirá la Presidencia el 5 de enero, sin embargo, no sucedió.

Se configuraría el delito de peculado porque habría un “abuso de fondos públicos debido al cargo, en beneficio propio” y afectaría la transparencia de la administración pública si no piden licencia, “eso es peculado por donde le vean”, advierte.

En todos los delitos de acción pública, la Fiscalía puede actuar de oficio o a través de una denuncia, añade. En el ámbito penal el proceso no camina de forma inmediata, pero el delito de peculado es el más grave e imprescriptible (que no se extingue con el tiempo) cuando no se respeta la administración pública, apunta Araujo.

El delito de peculado está tipificado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Además este martes 7 de enero, el primer mandatario suscribió el decreto ejecutivo No. 500 con el que dio a conocer su ausencia temporal con motivo de “fuerza mayor” y la designación en su cargo a Cynthia Gellibert, a quien hace apenas unos días nombró vicepresidenta en reemplazo de Verónica Abad. El encargo estará vigente desde las 17h00 del 9 de enero, hasta las 16h59 del 12 de enero de 2025.

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