Socializan proceso para declaración del Impuesto a la Renta

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La declaración es obligatoria para todas las personas naturales, sucesiones indivisas y las sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas en el país, de acuerdo al rendimiento de su actividad económica.

La mañana de ayer, en la sala de prensa del Servicio de Rentas Internas (SRI), se desarrolló un taller dirigido a los medios de comunicación de la ciudad, para socializar el tema referente a la declaración del Impuesto a la Renta de las personas naturales y las sociedades. Esta actividad estuvo presidida por Marisol Andrade, directora provincial de esta Cartera de Estado.

En su intervención explicó que es necesario que la ciudadanía conozca del tema, así como aspectos relacionados al vencimiento y las obligaciones asociadas a la Declaración del Impuesto a la Renta, entre los que citó: el anexo de gastos personales, en relación de dependencia: “Obligaciones que los contribuyentes han tenido que hacer previo al vencimiento en marzo, y en abril de las sociedades”.

En el taller, la funcionaria además presentó una revisión detallada de la evolución de las declaraciones, tanto en montos como en número de declaraciones, así como la oportunidad de la declaración: “En relación a años atrás, de cada 10 declaraciones del Impuesto a la Renta, apenas dos se realizaban oportunamente”.

Andrade resaltó que en la actualidad la realidad ha cambiado, debido a la cultura tributaria del contribuyente, los más de 820 eventos de capacitación, y además por el acceso del contribuyente a enviar su declaración gracias a los servicios en line que presta la institución, que se encuentra  disponible las 24 horas y los siete días de la semana: “ Esto ha aportado a que de cada 10 declaraciones recibidas, ocho sean de manera oportuna; es decir, que el contribuyente lo hizo sin necesidad que llegue una notificación por parte de la institución”.

Se revisó además la evolución del anexo de los gastos personales, y de las devoluciones al Impuesto a la Renta,  que también pueden solicitar en línea; en un lapso de 24 horas son aceptadas, y posterior a ello se da paso a la acreditación en cuenta por parte del Ministerio de Finanzas.

MULTAS:

Quienes no presenten sus declaraciones de impuestos al SRI, en lo posterior recibirán las respectivas notificaciones donde se les otorgará nuevamente un plazo para su declaración, con  los intereses y multas que corresponda.

SERVICIOS ADICIONALES:

Andrade añadió que el servicio en línea no es el único medio, ya que adicional existen dos canales de atención importantes como son: el centro de atención telefonía (1700-774 774) y las ventanillas de atención en las 46 agencias a nivel nacional. (12)

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