POLÍTICA
En un fallo que ha generado amplio eco en el ámbito político y judicial, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) dejó sin efecto la sanción impuesta a la asambleísta por Chimborazo, Patricia Núñez, representante de la Revolución Ciudadana (RC). El organismo determinó que las pruebas que sirvieron de base para multarla con USD 4.700 eran inconsistentes y vulneraban las garantías del debido proceso. Con esta decisión, el TCE ratificó la inocencia de la legisladora.

El fallo, emitido el 8 de octubre de 2025, pone fin a un proceso que se extendi├│ por m├ís de cinco meses. En su resoluci├│n, el Pleno del TCE determin├│ que la sentencia dictada el 15 de septiembre por el juez Joaqu├¡n Viteri Llanga deb├¡a ser anulada al comprobarse errores graves en la valoraci├│n de la evidencia presentada por el denunciante, Juan Esteban Guarderas Cisneros, exconsejero de Participaci├│n Ciudadana. Guarderas hab├¡a acusado a la asamble├¡sta de cometer una infracci├│n electoral grave, argumentando que, a trav├®s de la red social ÔÇ£XÔÇØ (antes Twitter), N├║├▒ez habr├¡a emitido mensajes que promov├¡an la candidatura presidencial de Luisa Gonz├ílez y Diego Borja, binomio de la Revoluci├│n Ciudadana.
Seg├║n su denuncia, los mensajes proven├¡an de la cuenta @patynunezrCh. Sin embargo, durante el proceso, la legisladora chimboracense demostr├│ que esa cuenta no le pertenec├¡a y que su ├║nica cuenta oficial era @patynunezch, hecho corroborado mediante un informe t├®cnico de la Asamblea Nacional y el testimonio de una perito digital en la audiencia de juicio.
El Tribunal coincidi├│ con la defensa de N├║├▒ez al determinar que las certificaciones electr├│nicas y notariales presentadas por el denunciante no cumpl├¡an los requisitos legales establecidos por el Consejo de la Judicatura, al contener inconsistencias en la validaci├│n de la firma electr├│nica y en la autenticidad de los documentos. Se comprob├│, adem├ís, que un notario ÔÇ£afirm├│ haber validado una firma electr├│nica inexistenteÔÇØ, lo que, seg├║n el dictamen, invalid├│ la totalidad de las pruebas. En consecuencia, tambi├®n fue desestimada la pericia digital que se basaba en esos documentos carentes de validez jur├¡dica.
El Pleno del TCE fue enf├ítico al se├▒alar que ÔÇ£las pruebas obtenidas con violaci├│n a la ley carecen de eficacia probatoriaÔÇØ, citando el art├¡culo 76 de la Constituci├│n que garantiza el debido proceso y el derecho a la defensa. Con base en ello, resolvi├│ aceptar el recurso de apelaci├│n interpuesto por la legisladora, revocar la sentencia de primera instancia y declararla inocente de toda infracci├│n electoral, adem├ís de ordenar la publicaci├│n del fallo en el portal oficial del Tribunal.
Tras conocerse la resoluci├│n, la asamble├¡sta Patricia N├║├▒ez, expres├│ que la decisi├│n representa un triunfo de la justicia y una reivindicaci├│n frente a la persecuci├│n pol├¡tica. ÔÇ£El Tribunal Contencioso Electoral fall├│ a mi favor, declarando mi total inocenciaÔÇØ, manifest├│ N├║├▒ez, quien agradeci├│ el respaldo recibido por los ciudadanos de Chimborazo durante todo el proceso.