TEORÍA DEL CASO

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La teoría del caso, o alegato de apertura es el inicio de una formulación de las hipótesis que han ocasionado un proceso delictivo, que consiste en una narración de los hechos fácticos. En el alegato de apertura se presenta el caso suscitado y con ello se desarrolla el relato, al hacer la  exposición de la teoría se debe captar la atención y el interés de los jueces al exponerle un resumen objetivo de los hechos y la prueba aportada en el proceso. Por lo que se plantea como una hipótesis de lo que ocurrió, estas hipótesis deben estar sujetas a verificación o comprobación durante las diligencias que se han realizado en la investigación. La teoría del caso, se elabora en el momento que se tiene conocimiento de la noticia criminal, que se conoce el hecho delictivo. El Alegato de Apertura es una actividad fundamentalmente del litigante. El jurista Christian Salas al referirse a la teoría del caso expresa: Es un método de razonamiento o un camino de reflexión que tiene como fin resolver un conflicto jurídico llegando a un grado de certeza y con justicia, para lo cuál es necesario que el juzgador conozca los hechos y sus circunstancias, es un método de razonamiento, por cuanto indica, como se debe proceder para investigar. Las Técnicas de Litigación Oral son una metodología procesal para el litigante, que ha sido desarrollada por la doctrina, bajo los principios del sistema acusatorio, principalmente para el desarrollo de prueba y posteriormente para enfrentar un caso, bajo la premisa de confrontación  de las partes en el proceso, por medio del Alegato de Apertura los jueces tomarán contacto con los hechos y antecedentes que fundamentan el caso de la parte procesal. Por lo general se la define como estrategia, plan o visión que tiene cada parte sobre los hechos que va a demostrar por lo que en el proceso existen la intervención de los sujetos procesales que son de la defensa y de la acusación. Cada una de ellas debe exponer una sola versión de los hechos, desde el momento de la imputación. Francis Zamora Asmat al referirse a la teoría del caso manifiesta: La teoría del caso es el instrumento más importante, para organizar nuestro desempeño en el Proceso Penal. Y que toda la actividad que realicen las partes debe ser funcional con la teoría del caso planteada, saludos cordiales un abrazo

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