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jueves, enero 16, 2025

Brega por el poder

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Por: Wellington Toapanta

El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, por ende la Constitución es la norma suprema y las leyes deben ser fundamentadas en ella. En este régimen, el Estado se somete a la Constitución, y la Constitución es vinculante para todos sus actores.

Los bullicios y pretensiones actuales son secuencias del esperpento normativo, vertiginosamente constituido en 2008, que esta vez han visibilizado opacidades para las elecciones del 9 de febrero, en las que compiten asambleístas y Presidente de la República en funciones por efecto de la “muerte cruzada”, como las “vacaciones” de la vicepresidenta Verónica Abad.

La Constitución no prescribe que asambleístas y presidente candidatos se ausenten de sus funciones en período electoral. En derecho público solo se hace lo que está escrito. Si lo dice la Ley Orgánica de la Función Legislativa contradice la Constitución, jerárquicamente superior, por lo que pretender forzarla es aberrante.

La brega pretende obligar al presidente Daniel Noboa pedir licencia y ser sustituido por Abad, con apoyo implícito y explícito correísta, pero se desmoronó por su inesperada autocelada, cuando el 27 de diciembre último informó a Noboa “que desde el día de hoy, hasta el 3 de enero de 2025, ejerceré mi derecho constitucional y legal a tomar mis vacaciones”.

¿Abad abandonó sus funciones de vicepresidenta? Tarea para la Corte Constitucional. Abad no ajustó su invocada enfermedad “física y psicológica” a “licencia temporal” prevista en el Art. 146 de la Constitución.

En la brega por el poder del Estado, Abad mostró admirable recuperación el 4 de enero. Lozana, anunció que el 5 asumirá la Presidencia de la República; pidió apoyo a las funciones del Estado, a la Fuerza Pública, esta respondió que acata disposiciones de Noboa, aquellas le negaron; la Asamblea se sumió como avestruz; candidatos y correístas desobedecieron a su líder: ni Abad, ni ellos llegaron a Carondelet. ¿Derrota total? No, pero ¿qué sigue?

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