La Corte declara la inconstitucionalidad de una parte de la reforma tributaria

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NACIONAL

La Corte Constitucional considera que el régimen impositivo simplificado (Rimpe) así como los últimos cambios en el sector petrolero no se ajustan a la Constitución.

Una de las oficinas del SRI, en el norte de Quito, en febrero de 2020 / Primicias ec

La última reforma tributaria, que fue publicada en el Registro Oficial el 29 de noviembre de 2021, sufrirá cambios importantes. La Corte Constitucional, en una sesión desarrollada el 28 de octubre de 2022, declaró inconstitucionales algunos aspectos de la denominada Ley Orgánica de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal.

Estos son:

– Reformas a la Ley de Hidrocarburos.

– Régimen especial impuesto a la renta para emprendedores y negocios populares (RIMPE)

-Régimen Impositivo voluntario, único y temporal para la regularización de activos en el exterior (RIVUT)

-Exención del pago del impuesto a la herencia Reformas a la Ley Orgánica de Régimen Especial de la provincia de Galápagos.

En un comunicado, el Servicio de Rentas Internas (SRI) destacó que la Corte que, a pesar de la declaratoria de inconstitucionalidad parcial, “los textos fundamentales de la ley han sido ratificados para garantizar la estabilidad fiscal”. El organismo aseguró que “seguirá trabajando en la facilitación y optimización del sistema tributario”. / Primicias ec

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