Las drogas y los centros de tratamiento, una realidad social

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No es ajeno a la realidad de las familias de nuestro país que algún familiar haya caído en las garras de las drogas, existen formas de ayudar a estos familiares, una de ellas son los tratamientos contra adicciones, sin embargo, antes de contratar un centro de tratamiento contra el abuso del uso de drogas, hay que tomar en cuenta  algunas consideraciones generales.

Cristian Escobar Beltrán, Asesor Jurídico del GADPCH, señaló que la primera consideración antes de contratar la ayuda de un centro de tratamiento contra el uso de drogas, es determinar primeramente si se trata de un centro licenciado y capacitado para brindar este tipo de tratamientos de manera eficaz, posteriormente, hay que deliberar mucho en cuanto si la ayuda que se pretende contratar es de forma personal o para un tercero, como por ejemplo para  algún familiar.

Si la ayuda se la está contratando para sí mismo, es porque se reconoce tener un problema de adicción, por lo tanto es inicio muy positivo, por cuanto existe la voluntad de la persona de someterse al tratamiento, y el resultado a todas luces será una medida positiva en la rehabilitación. Sin embargo, si la ayuda que se contrata se la pretende dar a una tercera persona, hay otros factores que hay que tomar en cuenta antes de proceder; por ejemplo es importante saber si la persona a quien se pretende inducir en el tratamiento  estaría de acuerdo en someterse a  dicho tratamiento  contra las adicciones, “esta recomendación sirve para saber determinar el grado de conciencia y apertura hacia el tema que tiene el adicto”, resaltó el profesional.

Cabe la posibilidad que el adicto,  no acepte que se encuentra en medio de un problema de salud y necesite de ayuda, en este caso,  no es recomendable por ningún motivo trasladar a la fuerza o en contra de su voluntad a la persona enferma, toda vez que se estaría atentando a sus derechos personales y, si la persona es mayor de edad, internarle en algún centro de tratamiento contra su voluntad, se estaría  cometiendo el delito de plagio, un delito de rapto, de conformidad con el Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el cual estarían involucrados; como autores intelectuales a los familiares y como autores materiales a los operarios de estas clínicas. (16)

 

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