Ventanilla preferencial para pagos de impuesto Predial

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Con la finalidad de atender a personas que pertenecen a grupos prioritarios, se designa una ventanilla especial para la atención especial a adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con discapacidad.

La Secretaría Técnica del Consejo Cantonal de Protección de Derechos conjuntamente con el presidente del Consejo Consultivo de personas adultas mayores, se acercaron a los diferentes puntos de recaudación del GAD municipal, con la finalidad constatar el servicio de las ventanillaspreferenciales y exoneraciones que este grupo de atención prioritaria.

Funcionarios de esta dependencia, señalaron que cumplen con las disposiciones vigentes de la Ley del Anciano y la Ordenanza que Fomenta y promueve los derechos de las personas adultas mayores, que indica la exoneración de impuestos municipales se considerará los ingresos mensuales estimados en un máximo de cinco remuneraciones básicas unificadas o en el patrimonio que no exceda de quinientas remuneraciones básicas unificadas que posea el adulto mayor. Si la renta o patrimonio excediere de las cantidades antes citadas, los impuestos se pagarán únicamente por la diferencia o excedente. Teniendo en consideración que los primeros quince días, el valor del predio tendrá un descuento del 10%. (13).

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